Para Fundación BBVA la transparencia se traduce en hacer accesible la documentación constitutiva de nuestra organización, así como informar sobre los resultados de nuestros programas y ser claros en los requisitos de participación de cada uno de ellos. Por esta razón, todas nuestras convocatorias son digitales, públicas, accesibles y con criterios de elegibilidad transparentes. La comunicación de nuestros resultados es abierta y pública a través de diferentes canales, como informes de rendición de cuentas, página web y el presente informe.
Gobierno corporativo
La administración y dirección de Fundación BBVA se rige por un Consejo Directivo, integrado por personas con una sólida y reconocida experiencia profesional, convicción por construir un mejor país y presencia en diversos sectores que le permiten al Consejo funcionar como un órgano robusto e interdisciplinario. su principal función es definir el rumbo estratégico y orientar las iniciativas de la Fundación hacia el logro de impactos significativos que transformen la vida de nuestros beneficiarios.
Fundación BBVA México es una Asociación Civil autorizada para recibir donativos y comprometida con la rendición de cuentas.
Oficio donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) autoriza a Fundación BBVA a recibir donativos deducibles del ISR:
Diario Oficial de la Federación – Donatarias autorizadas
Estados de posición financiera al 31 de diciembre del 2025-2024, los estados de actividades y de flujos de efectivo por los años terminados en estas fechas. Auditados por la firma EY:
Es un reporte emitido por el SAT para consultar la situación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de la Fundación BBVA:
Consulta el uso y destino de los donativos de Fundación BBVA.
Informe de transparencia – SAT
Nota:
La relación de los administradores y empleados que reciben en el ejercicio fiscal ingresos mayores a $295,000.00, por concepto de salarios, honorarios, compensaciones o cualquier otro, se encuentra resguardado en el domicilio fiscal de la Fundación BBVA durante un periodo de 3 años a partir del ejercicio fiscal en el que se recibieron los donativos del extranjero.